La Cooperativa cuenta con los siguientes Órganos de Vigilancia y Control:
1. Junta de Vigilancia.
2. Comité de Ética.
3. Tribunal de Elecciones y Escrutinios.
4. Revisoría Fiscal.

Junta de Vigilancia

La Junta de Vigilancia está conformada por tres miembros con sus respectivos suplentes, es elegida por la Asamblea General para un periodo de tres (3) años.  Tiene a su cargo el control social. Dicho control es de naturaleza técnica e interna, es decir, a cargo de los propios asociados de la Cooperativa.

Dentro de sus funciones principales está la de velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten a las prescripciones legales, estatutarias y reglamentarias y, en especial, a los principios cooperativos e informar a los  órganos de administración, al Revisor Fiscal o a las superintendencias correspondientes, sobre las irregularidades que existan en el funcionamiento de la Cooperativa y presentar recomendaciones sobre las medidas que, en su concepto, deben  adoptarse.

Comité de Ética

El Comité de Ética está integrado por tres asociados de altas calidades morales, profesionales e intelectuales, de reconocida reputación y de hoja de vida intachable. Son elegidos para un período de duración de tres (3) años por la Asamblea General, de ternas que presenten los Comités Administrativos Regionales. Sus miembros podrán ser reelegidos hasta por dos periodos consecutivos.
El Comité de Ética es el encargado de velar por el mantenimiento y respeto del conjunto de normas, principios y razones que la Cooperativa ha establecido como línea directriz del desarrollo de su objeto social y que están plasmadas a lo largo del Estatuto y los Códigos de Ética, de Buen Gobierno y Electoral.

Tribunal de Elecciones y Escrutinios

Es el organismo encargado de dirigir las elecciones, velar porque  éstas se lleven a cabo en un marco legal y garantizar que reflejen la voluntad del elector. Está conformada por tres miembros principales y tres suplentes numéricos, asociados elegidos por la Asamblea General de Delegados de ternas que le enviarán las Juntas Regionales de Delegados.

El Tribunal de Elecciones y Escrutinios nombrará para cada una de las Zonas electorales, Comisiones integradas por tres asociados hábiles y sus respectivos suplentes numéricos de ternas que le envíen el Comité Regional de Administración o Zonal, según sea el caso.

Revisoría Fiscal

El control fiscal y contable de Coomeva estará a cargo de una firma de revisoría fiscal, con amplia experiencia y reconocida trayectoria, elegida por la Asamblea General para un período de tres (3) años, pudiendo ser reelegida para ejercer como máximo hasta un periodo adicional de manera consecutiva. Tiene como objetivos principales, además de los que establece la ley, el velar porque el patrimonio de la Cooperativa esté debidamente protegido, conservado y utilizado; porque los actos administrativos se ajusten al objeto social y a las normas legales, estatutarias y reglamentarias y porque los registros contables de sus operaciones se ajusten a la realidad y se realicen de acuerdo con la normatividad vigente.

De acuerdo con el Estatuto, la Administración de Coomeva tiene una estructura de gobierno corporativo, que se caracteriza por la existencia de su estructura asociativa y empresarial, organizada en tres órdenes: nacional, regional y zonal.
Ámbito Nacional de la Asamblea General

La Asamblea General:

Es el máximo órgano de autoridad y administración de la Cooperativa y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales y estatutarias.  Se compone de 100 delegados con sus correspondientes suplentes, elegidos cada tres años.

El Consejo de Administración:

Es el órgano permanente de administración de la Cooperativa; está subordinado a las directrices y políticas de la Asamblea General. Es responsable ante los asociados por el buen funcionamiento de la Cooperativa y para el efecto delega la gestión administrativa y operativa en el Presidente Ejecutivo.  Está conformado por 9 miembros principales, con sus correspondientes suplentes, elegidos por la Asamblea General por un período de tres años. 

El Presidente Ejecutivo:

EL Presidente Ejecutivo Corporativo o quien haga sus veces, es el representante legal de la Cooperativa; el ejecutor del Plan de Desarrollo y de las decisiones del Consejo de Administración. Es igualmente el superior jerárquico y coordinador del personal administrativo. Será nombrado por el Consejo de Administración y ejercerá las funciones de su cargo. El Gerente tendrá dos suplentes que lo reemplazarán en sus ausencias temporales o definitivas, quienes deberán cumplir los mismos requisitos que se exigen a éste.

 

 

 

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Órganos de control y vigilancia